Título TÍTULO IICapítulo CAPÍTULO ISecc. Sección 1.ª Actuaciones básicas

Art. 7

En vigor desde 27 nov 2002
Ante situaciones de grave riesgo, catástrofe o calamidad pública, las actuaciones básicas en materia de protección civil por parte de los sujetos públicos o privados conforme a lo establecido en la presente Ley abarcarán los siguientes aspectos: a) Previsión. b) Prevención. c) Planificación. d) Intervención. e) Rehabilitación.
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eli/es-an/l/2002/11/11/2#art-7

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