Capítulo CAPÍTULO I

Art. 2

En vigor desde 5 may 2001
1. La finalidad de la presente Ley consiste en defender los intereses legítimos de los usuarios del servicio de televisión y conseguir una programación de calidad en el ámbito de la Comunidad de Madrid. 2. La presente Ley persigue, asimismo, garantizar la aplicación de los principios de neutralidad, transparencia y no discriminación en la prestación del servicio de telecomunicaciones por cable.
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eli/es-md/l/2001/04/18/2#art-2

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