Título TÍTULO V

Art. 44

En vigor desde 28 abr 2007
(Derogado). Téngase en cuenta que este artículo se deroga por la disposición derogatoria única.3 de la Ley 16/2006, de 17 de octubre. Ref. BOE-A-2006-20773 , con efectos de 28 de abril de 2007, según establece la disposición final 2 de la citada ley. Se deroga por la disposición derogatoria única.3 de la Ley 16/2006, de 17 de octubre. Ref. BOE-A-2006-20773

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Pro

eli/es-ib/l/1998/03/13/2#art-44

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