Art. 11
En vigor desde 1 ago 1995
La Gerencia de Servicios Sociales estará sometida al régimen de contabilidad pública, en los términos que se dispone en la Ley 7/1986, de 23 de diciembre, de Hacienda de la Comunidad Autónoma de Castilla y León.
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Proeli/es-cl/l/1995/04/06/2#art-11