Art. 10

En vigor desde 18 jul 1988
Las Entidades, Organismos o Corporaciones que intervengan en el otorgamiento de licencias, concesiones administrativas o cualquier otra clase de autorizaciones para la ejecución de actuaciones dentro del área territorial del Parque estarán obligados a observar el cumplimiento de las determinaciones que se deriven de lo establecido en la presente Ley.
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eli/es-as/l/1988/06/10/2#art-10

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