Art. Disposición transitoria segunda
En vigor desde 5 abr 1983
El Consell Executiu de la Generalitat debe dotar a las comarcas de montaña de los bienes y medios necesarios para llevar a cabo las funciones que esta Ley les atribuye.
Historial de versiones
Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.
Tus anotaciones
Proeli/es-ct/l/1983/03/09/2#disposicion-transitoria-segunda