Título TÍTULO VICapítulo CAPÍTULO I

Art. Directriz 106

Derogado
En vigor desde 16 abr 2003
1. El objeto de la ordenación de las presentes Directrices es establecer un marco general que contribuya a la protección de los bienes constitutivos del patrimonio cultural de Canarias que requieren de una ordenación desde la perspectiva territorial y, en particular, los bienes inmuebles con interés histórico, arquitectónico, artístico, arqueológico, etnográfico, paleontológico, científico o técnico. Además, y desde esta misma perspectiva, resalta la dimensión y significación cultural del paisaje insular. 2. La protección, tutela, conservación, restauración, acrecentamiento, investigación, difusión, fomento y puesta en uso del patrimonio cultural constituyen tareas básicas de las administraciones públicas del archipiélago, que fomentarán las actuaciones que faciliten el conocimiento y disfrute del patrimonio cultural de Canarias por sus habitantes y visitantes, y por las generaciones futuras. 3. Las actuaciones públicas en materia de patrimonio cultural inmueble requieren intervenciones constantes en su mantenimiento y recuperación, con incremento de los programas específicos de inversión, e inclusión de I+D, medidas de protección, operaciones de sensibilización y comunicación, y acciones para su integración en la vida cotidiana.
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