Título TÍTULO VCapítulo CAPÍTULO III

Art. 83 bis

En vigor desde 31 dic 2019
1. El precio de venta máximo de una vivienda con protección oficial se determina aplicando al precio de venta básico los factores de localización y de características de la vivienda. 2. El precio de venta básico de las viviendas con protección oficial, expresado en euros por metro cuadrado de superficie útil, es único para todo el territorio y se determina atendiendo: a) El valor mínimo de los terrenos no transformados urbanísticamente próximos a núcleo de población, que se establece en 7,5 euros por metro cuadrado de suelo. Este valor se puede actualizar mediante la ley de acompañamiento a la Ley de presupuestos de la Generalidad. b) Los gastos ordinarios para la urbanización de los terrenos mencionados. c) Los costes de construcción de una vivienda en un edificio plurifamiliar, de calidad media y de características estándares. 3. El factor de localización permite corregir al alza el precio de venta básico atendiendo a la demanda residencial existente en cada municipio. 4. El factor de características de la vivienda pondera sus condiciones específicas en materia de eficiencia energética y, con respecto a las viviendas usadas, las circunstancias de antigüedad así como su estado de conservación, que, valoradas en su conjunto, influyan significativamente en el precio. Corresponde a este factor un valor entre 0,9 y 1,1 teniendo en cuenta que el valor 1 se corresponde con una vivienda de características estándar. 5. Corresponde al Consejero o consejera del Departamento competente en materia de vivienda establecer periódicamente el precio de venta básico y el factor de localización mediante orden. Se añade por el .8 del Decreto-ley 17/2019, de 23 de diciembre. Ref. BOE-A-2020-2509 Se deja sin efecto la adición de este precepto por Acuerdo de 25 de abril de 2019. Ref. DOGC-f-2019-90471 , por el que se deroga el Decreto-ley 5/2019, de 5 de marzo. Se añade por el .5 del Decreto-ley 5/2019, de 5 de marzo. Ref. DOGC-f-2019-90350

Tus anotaciones

Pro

eli/es-ct/l/2007/12/28/18#art-83-bis

Volver a la ficha de la norma
Inicio
Buscar
Mis Consultas
Tienda
Perfil