Art. 12

En vigor desde 13 ene 2021
Se añade un apartado, el 3, al artículo 15 de la Ley 5/2008, con el siguiente texto: «3. Debe garantizarse la formación con perspectiva de género del profesorado desde el inicio de su proceso formativo y debe hacerse extensiva a todos los miembros de la comunidad educativa.»
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eli/es-ct/l/2020/12/22/17#art-12

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