Libro Libro segundoTítulo Título IICapítulo Capítulo IV

Art. Disposición adicional séptima

En vigor desde 4 ago 2017
El presidente de la Agencia Tributaria de Cataluña debe adaptar la relación de puestos de trabajo a la nueva estructura corporativa de la Agencia mediante una resolución en la que deben constar los puestos de trabajo que tienen asignados el ejercicio de funciones de gestión, inspección y recaudación de tributos y el ejercicio de la potestad sancionadora en materia tributaria y que están reservados a funcionarios de los cuerpos tributarios de la Agencia.

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DOGC-f-2017-90436#disposicion-adicional-septima

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