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Art. 321
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En vigor desde 4 ago 2017
Las finalidades del Instituto de Investigación Fiscal y Estudios Tributarios de Cataluña son las siguientes:
a) Estudiar e investigar en materia de hacienda pública, derecho tributario y gestión de los sistemas fiscales.
b) Impulsar la reflexión, el debate social y la divulgación científica en el ámbito de la fiscalidad.
c) Crear, gestionar, difundir y aplicar el conocimiento técnico necesario para perfeccionar el sistema fiscal de Cataluña.
d) Garantizar la calidad técnica y la formación permanente del personal al servicio de los distintos organismos que integran la Administración tributaria de la Generalidad.
e) Identificar, analizar y fomentar la aplicación en Cataluña de las mejores prácticas de gestión de los sistemas fiscales de cualquier parte del mundo.
f) Colaborar con las universidades y los centros de investigación establecidos en Cataluña para promover la producción científica en el ámbito de la fiscalidad.
g) Colaborar con instituciones académicas y organizaciones internacionales que fomenten el estudio de la fiscalidad.
h) Ser un centro de referencia en el conocimiento de la fiscalidad internacional y una herramienta básica para el desarrollo económico de Cataluña y de su tejido empresarial.
Tus anotaciones
ProDOGC-f-2017-90436#art-321-1