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Art. 314

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En vigor desde 4 ago 2017
1. El Consejo Fiscal de Cataluña debe elaborar una memoria anual de sus actividades y de las conclusiones delas consultas, informes, estudios y dictámenes que ha tramitado. 2. Dentro del primer trimestre de cada año el Pleno del Consejo debe aprobar la memoria anual que eleva al Gobierno y constituye el fundamento del informe que se presenta al Parlamento de Cataluña dentro del primer semestre de cada año.

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DOGC-f-2017-90436#art-314-7

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