Título TÍTULO VIII
Art. Disposición final vigésima quinta
En vigor desde 1 ene 2013
Con efectos de 1 de enero de 2013 y vigencia indefinida, se modifica la letra c) del apartado 1 de la disposición final duodécima, de la Ley 27/2011, de 1 de agosto, sobre actualización, adecuación y modernización del sistema de Seguridad Social, que a su vez modifica la Ley 20/2007, de 11 de julio, del Estatuto del trabajo autónomo que queda redactada como sigue:
«c) El apartado Tres del artículo 3 y la disposición final décima, que entrarán en vigor el 1 de enero de 2014.»
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Proeli/es/l/2012/12/27/17#disposicion-final-vigesima-quinta