Título TÍTULO IICapítulo CAPÍTULO VII

Art. Disposición final primera

En vigor desde 24 dic 2010
Esta ley se dicta al amparo de lo dispuesto en el artículo 8.1 de la Ley Orgánica 1/1983, de 25 de febrero, por la que se aprueba el Estatuto de Autonomía de Extremadura, en relación con el artículo 148.1.2.ª de la Constitución, que atribuye a la Comunidad Autónoma de Extremadura la competencia de desarrollo legislativo y ejecución relativo a la creación de organizaciones de ámbito inferior y superior a los municipios.
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli/es-ex/l/2010/12/22/17#disposicion-final-primera

Volver a la ficha de la norma
Inicio
Buscar
Mis Consultas
Tienda
Perfil