Título TÍTULO II›Capítulo CAPÍTULO III›Secc. Sección 3.ª Educación secundaria obligatoria
Art. 55
En vigor desde 25 ene 2008
1. La etapa de la educación secundaria obligatoria comprende cuatro cursos académicos, que se seguirán ordinariamente entre los doce y los dieciséis años de edad.
2. Los objetivos de la educación secundaria obligatoria, su organización, los principios pedagógicos y la evaluación, promoción y la obtención del título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria se llevarán a cabo de conformidad con lo establecido en el Capítulo III del Título I de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo.
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Proeli/es-an/l/2007/12/10/17#art-55