Título TÍTULO V›Capítulo CAPÍTULO III
Art. 152
En vigor desde 25 ene 2008
En el marco de la normativa vigente, la Administración educativa favorecerá la realización de Cartas de Servicios y el desarrollo de sistemas de evaluación de la calidad de los órganos y unidades administrativas que la conforman. En las Cartas de Servicios se plasmará el compromiso de calidad del órgano correspondiente y se recogerán las prestaciones y los derechos de la ciudadanía en relación con los servicios que se ofrecen.
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Proeli/es-an/l/2007/12/10/17#art-152