Capítulo CAPÍTULO III

Art. 21

En vigor desde 25 dic 2002
La Junta de Castilla y León fomentará la implantación de la cultura de la innovación tecnológica en el sector público. Asimismo habilitará en el ámbito de la Administración Regional medidas de innovación tecnológica y de aplicación de las tecnologías de la información de tal manera que se facilite el acceso de los administrados a los expedientes que les competen, contribuyendo como efecto demostrativo a la creación de una cultura generalizada de uso de las nuevas tecnologías.
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli/es-cl/l/2002/12/19/17#art-21

Volver a la ficha de la norma
Inicio
Buscar
Mis Consultas
Tienda
Perfil