Capítulo CAPÍTULO III

Art. Disposición adicional primera

En vigor desde 31 dic 1984
Queda suprimida la «Fundación Provincial para Abastecimiento de Aguas Potables». Su patrimonio se integra en el Canal de Isabel II, subrogándose esta Entidad en sus derechos y obligaciones, con excepción de los derechos y obligaciones pendientes de liquidar por la «Fundación Provincial para Abastecimiento de Aguas Potables», generados antes del 31 de diciembre de 1983, que serán asumidos por la Comunidad de Madrid.
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