Título TÍTULO III
Art. 40
En vigor desde 21 mar 2011
Para facilitar la coordinación de las actuaciones en la atención de casos se facilitará la configuración funcional de equipos con profesionales de las diferentes estructuras territoriales u organizativas encomendadas de los distintos sistemas y servicios que en cada supuesto hayan de ser activados.
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Proeli/es-cl/l/2010/12/20/16#art-40