Título TÍTULO III

Art. 34

En vigor desde 21 mar 2011
El sistema de servicios sociales de responsabilidad pública se organiza de manera integrada y coordinada, sin perjuicio de la capacidad autoorganizativa de las administraciones intervinientes, mediante: a) La unificación de un sistema de información. b) La disposición de un sistema de acceso unificado. c) La homogeneización y simplificación de los procedimientos e instrumentos a emplear. d) La coordinación de actuaciones y casos. e) La gestión integrada de los recursos. f) El uso compartido de la información. g) Los restantes medios que contribuyan a la conjunción funcional y a la construcción de una identidad e imagen comunes.
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eli/es-cl/l/2010/12/20/16#art-34

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