Título TÍTULO IICapítulo CAPÍTULO I

Art. 27

En vigor desde 21 mar 2011
Con independencia de lo dispuesto en los artículos 25 y 26, podrán existir servicios sociales que se organicen y dispensen de acuerdo con divisiones territoriales distintas de las contempladas en aquellos.
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eli/es-cl/l/2010/12/20/16#art-27

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