Título TÍTULO III›Capítulo CAPÍTULO SÉPTIMO
Art. Disposición adicional única
DerogadoEn vigor desde 28 feb 2007
La legislación específica en materia de vivienda protegida será de aplicación preferente sobre las disposiciones de la presente Ley respecto de las infracciones que se encuentren tipificadas en aquélla
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Proeli/es-ar/l/2006/12/28/16#disposicion-adicional-unica