Título TÍTULO IV›Capítulo CAPÍTULO II
Art. Disposición transitoria cuarta
En vigor desde 3 dic 2017
Las entidades que, a la entrada en vigor de esta ley, formen parte del CJCV, continuarán en él mientras no se modifique su reglamento de régimen interno.
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Proeli/es-vc/l/2017/11/10/15#disposicion-transitoria-cuarta