Título TÍTULO IVCapítulo CAPÍTULO III

Art. Disposición transitoria primera

En vigor desde 1 ene 2002
Hasta tanto se determine su importe por la Ley de Presupuestos Generales de la Comunidad de Madrid, de conformidad con lo establecido en el número 2 del artículo 10, el importe de la prestación mensual básica de la Renta Mínima de Inserción será de 48.895 pesetas (293,86 euros). El complemento variable tendrá las siguientes cuantías: 12.224 pesetas (73,47 euros) por el primer miembro adicional de la unidad de convivencia, y 7.335 pesetas (44,08 euros) por cada uno de los miembros siguientes.
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eli/es-md/l/2001/12/27/15#disposicion-transitoria-primera

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