Capítulo CAPÍTULO IVSecc. Sección 2.ª Competencia y procedimiento en materia sancionadora

Art. Disposición final octava

En vigor desde 17 jul 2023
Las entidades locales, en el ámbito de sus respectivas competencias, adaptarán sus ordenanzas municipales sobre la materia a las normas contenidas en esta ley en el plazo de un año desde su entrada en vigor.
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eli/es-ar/l/2023/03/30/14#disposicion-final-octava

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