Art. 11
En vigor desde 31 mar 2017
1. Constituye la base imponible del impuesto sobre las viviendas vacías el número total de metros cuadrados de las viviendas sujetas al impuesto de que es titular el sujeto pasivo en la fecha de devengo del impuesto, reducida en 150 metros cuadrados en concepto de mínimo exento.
2. Si se ha optado por la tributación consolidada, la base imponible está constituida por el número total de metros cuadrados de las viviendas sujetas al impuesto de las que son titulares las personas jurídicas integradas en el grupo fiscal o grupo de sociedades, reducida en el número de metros cuadrados que resulte de multiplicar el mínimo exento establecido por el apartado 1 por el número de personas jurídicas titulares de viviendas sujetas al impuesto integradas en el grupo.
Se modifica por el .1 de la Ley 5/2017, de 28 de marzo. Ref. BOE-A-2017-7353#a4 Se levanta la suspensión de la vigencia y aplicación de este precepto, por auto del TC de 20 de septiembre de 2016. Ref. BOE-A-2016-8871 . Téngase en cuenta que se declara la desestimación del recurso de inconstitucionalidad nº 2255/2016 por Sentencia del TC 4/2019, de 17 de enero. Ref. BOE-A-2019-2030 Se suspende la vigencia y aplicación de este precepto, desde el 25 de abril de 2016 para las partes en el proceso y desde el 5 de mayo de 2016 para los terceros, por providencia del TC de 28 de abril de 2016, que admite a trámite el recurso de inconstitucionalidad 2255/2016. Ref. BOE-A-2016-4313 .
Tus anotaciones
Proeli/es-ct/l/2015/07/21/14#art-11