Título TÍTULO IVCapítulo CAPÍTULO III

Art. Disposición adicional primera

En vigor desde 25 ene 2015
Se otorga la siguiente redacción al artículo 230.2 d) del citado texto refundido, quedando el resto del precepto con la redacción actual: «d) Informar los programas anuales de trabajo a realizar en el ámbito de los espacios naturales protegidos».
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eli/es-cn/l/2014/12/26/14#disposicion-adicional-primera

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