Título TÍTULO XCapítulo CAPÍTULO VI

Art. Disposición final primera

En vigor desde 25 sept 2014
En caso de que el Convenio de las Naciones Unidas sobre el Contrato de Transportes Internacional de Mercancías Total o Parcialmente Marítimo, firmado el 23 de septiembre de 2009 (Reglas de Rotterdam) entre en vigor, el Gobierno remitirá a las Cortes Generales un proyecto de ley para introducir las modificaciones necesarias en esta ley.
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eli/es/l/2014/07/24/14#disposicion-final-primera

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