Título TÍTULO X›Capítulo CAPÍTULO VI
Art. Disposición final primera
538 / 549En vigor desde 25 sept 2014
En caso de que el Convenio de las Naciones Unidas sobre el Contrato de Transportes Internacional de Mercancías Total o Parcialmente Marítimo, firmado el 23 de septiembre de 2009 (Reglas de Rotterdam) entre en vigor, el Gobierno remitirá a las Cortes Generales un proyecto de ley para introducir las modificaciones necesarias en esta ley.
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Proeli/es/l/2014/07/24/14#disposicion-final-primera