Título TÍTULO IICapítulo CAPÍTULO VIISecc. Sección 2.ª De la hipoteca naval

Art. 133

En vigor desde 25 sept 2014
En la inscripción de la hipoteca se harán constar las circunstancias expresadas en el artículo anterior que tengan trascendencia real, así como las demás exigidas por la legislación hipotecaria.
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eli/es/l/2014/07/24/14#art-133

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