Título TÍTULO VCapítulo CAPÍTULO I

Art. 50

En vigor desde 29 sept 2013
1. Constituyen las políticas de fomento de la internacionalización de la economía y la empresa españolas el conjunto de actuaciones que desarrolla el sector público, junto con el sector privado, para facilitar y reforzar la dimensión internacional de la economía española y fomentar la presencia exterior de las empresas y de los emprendedores como factores de estabilidad, crecimiento y generación de empleo. Dicha dimensión se extiende asimismo a la acción económica institucional en foros bilaterales y multilaterales y a las acciones de fomento de la inversión extranjera en España y de España en el exterior. 2. El Gobierno dirige las políticas de fomento de la internacionalización de la economía y la empresa española, cuya coordinación corresponde al Ministerio de Economía y Competitividad, sin perjuicio de las competencias que el ordenamiento jurídico otorga a los distintos Ministerios y a las Comunidades Autónomas.
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli/es/l/2013/09/27/14#art-50

Volver a la ficha de la norma
Inicio
Buscar
Mis Consultas
Tienda
Perfil