Título TÍTULO IV›Capítulo CAPÍTULO III
Art. Disposición adicional vigesimotercera
En vigor desde 7 sept 2022
(Suprimida)
Se suprime por el art. único.51 de la Ley 17/2022, de 5 de septiembre. Ref. BOE-A-2022-14581#au Se deroga el apartado 2 por la disposición derogatoria única del Real Decreto-ley 8/2022, de 5 de abril de 2022. Ref. BOE-A-2022-5516#dd Téngase en cuenta que a los contratos indefinidos celebrado al amparo del apartado 2 les resultará de aplicación, tras la entrada en vigor del citado Real decreto-ley, el régimen previsto en el artículo 23 bis de la presente Ley, según establece la disposición transitoria única.1 del mismo. Se modifica por la disposición final 1.3 del Real Decreto-ley 3/2019, de 8 de febrero. Ref. BOE-A-2019-1782#df Se modifica por la disposición final 2 del Real Decreto-ley 14/2017, de 6 de octubre. Ref. BOE-A-2017-11500 Véase la disposición transitoria única del citado Real Decreto-ley para su aplicación.
Tus anotaciones
Proeli/es/l/2011/06/01/14#disposicion-adicional-vigesimotercera