Título TÍTULO I›Capítulo CAPÍTULO I
Art. 9
En vigor desde 30 jun 2011
El Consejo de Gobierno de Castilla-La Mancha establecerá reglamentariamente una Carta de derechos y deberes reconocidos en esta Ley, garantizando la máxima difusión de su contenido en todo el ámbito de los servicios sociales.
Historial de versiones
Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.
Tus anotaciones
Proeli/es-cm/l/2010/12/16/14#art-9