Capítulo CAPÍTULO V

Art. 21

En vigor desde 20 ene 2004
La Administración de la Junta de Andalucía promoverá la sensibilización de la población andaluza mediante la difusión de contenidos de educación con el fin de dar a conocer la problemática que afecta a los países en vías de desarrollo. Asimismo promoverá la reflexión crítica, el espíritu solidario y la participación activa y comprometida en campañas de sensibilización, servicios de información, programas formativos y demás medios que se consideren adecuados para este fin.
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eli/es-an/l/2003/12/22/14#art-21

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