Título TÍTULO II
Art. 40
En vigor desde 18 ago 2002
Al objeto de procurar la máxima eficacia y eficiencia en la planificación, programación y ejecución de las actuaciones de prevención, las Administraciones Públicas y las entidades responsables de las mismas impulsarán las acciones y sistemas para compartir el conocimiento sobre estas cuestiones mediante la organización e intercambio de la información disponible y la difusión de las buenas prácticas.
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Proeli/es-cl/l/2002/07/25/14#art-40