Título TÍTULO II
Art. 37
En vigor desde 18 ago 2002
Son actuaciones de prevención:
a) Las dirigidas a la evitación o reducción de las causas que provocan o favorecen los procesos de marginación o inadaptación en la población infantil, de las circunstancias carenciales o de desprotección que dificultan o menoscaban el libre y pleno desarrollo de los menores, y de los factores que propician el deterioro de su entorno socio-familiar.
b) Las que tienen por objeto aminorar o contrarrestar los efectos producidos por las causas, circunstancias y factores referidos en el apartado anterior.
c) Las que persiguen impedir las situaciones individuales de riesgo o de desamparo.
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Proeli/es-cl/l/2002/07/25/14#art-37