Título TÍTULO II›Capítulo CAPÍTULO IV
Art. Disposición transitoria segunda
En vigor desde 28 dic 2000
No obstante lo previsto en el artículo 17 de esta Ley, las Normas territoriales cautelares aprobadas antes de su entrada en vigor seguirán produciendo sus efectos hasta la entrada en vigor del instrumento de ordenación correspondiente.
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Proeli/es-ib/l/2000/12/21/14#disposicion-transitoria-segunda