Título TÍTULO IV
Art. Disposición adicional tercera
En vigor desde 1 ene 2009
Las entidades de derecho público de la Comunidad de Madrid y las sociedades mercantiles en las que ésta tenga mayoría de participación social deberán informar a la Dirección General de la Función Pública de la Consejería de Hacienda de los nombramientos que efectúen respecto de aquellos puestos de trabajo que, conforme a esta Ley, tengan la condición de alto cargo.
Se modifica por el .3 de la Ley 3/2008, de 29 de diciembre. Ref. BOE-A-2009-4514 . Su anterior numeración era disposición adicional 2.
Tus anotaciones
Proeli/es-md/l/1995/04/21/14#disposicion-adicional-tercera