Título TÍTULO IV

Art. Disposición transitoria única

En vigor desde 4 may 1995
Hasta tanto no se desarrolle reglamentariamente esta Ley, las causas de incompatibilidad y las obligaciones formales de los altos cargos de la Comunidad de Madrid, serán las establecidas en la Ley 7/1984, de Incompatibilidades de los Miembros del Consejo de Gobierno y Altos Cargos de la Administración de la Comunidad de Madrid y en el Decreto 63/1985, sobre Organización y Funcionamiento del Registro de Incompatibilidades.
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eli/es-md/l/1995/04/21/14#disposicion-transitoria-unica

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