Art. Disposición transitoria sexta
En vigor desde 21 nov 1985
Los empresarios individuales se transformarán en Sociedades mercantiles y con los requisitos exigidos en esta Ley, en un plazo que finalizará el 31 de diciembre de 1986.
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Proeli/es-ga/l/1985/10/23/14#disposicion-transitoria-sexta