Título TÍTULO VCapítulo CAPÍTULO IV

Art. 60

En vigor desde 18 abr 2023
El departamento competente en materia educativa impulsará la participación de todos los agentes educativos implicados en el medio rural garantizando el normal desempeño de los foros de participación establecidos y en particular el Observatorio de la escuela rural en Aragón, el Seminario permanente y los Seminarios provinciales de educación en el medio rural y del Observatorio de la convivencia, las mesas de participación de familias, de alumnado y sobre empleo y formación profesional de cada territorio.
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eli/es-ar/l/2023/03/30/13#art-60

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