Título TÍTULO VI›Capítulo CAPÍTULO III
Art. 110
En vigor desde 9 jul 2022
Los prestadores del servicio de comunicación audiovisual televisivo contribuirán al reflejo de la diversidad cultural y lingüística del Estado y garantizarán unos niveles suficientes de inversión y distribución de las obras audiovisuales europeas en los términos previstos en este capítulo.
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Proeli/es/l/2022/07/07/13#art-110