Título TÍTULO IV

Art. 64

En vigor desde 30 dic 2018
Las infracciones serán sancionadas con las siguientes multas: – Infracciones muy graves: de 6.000,01 a 20.000 euros. – Infracciones graves: de 1.000,01 a 6.000 euros. – Infracciones leves: hasta 1.000 euros, con un mínimo de 60 euros.
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eli/es-ib/l/2018/12/28/13#art-64

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