Título TÍTULO V›Capítulo CAPÍTULO III›Secc. Sección 4.ª Los campings
Art. 47
En vigor desde 31 ago 2016
Los campings deben disponer de las instalaciones y los servicios que serán determinados reglamentariamente.
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Proeli/es-pv/l/2016/07/28/13#art-47