Art. Disposición adicional única
En vigor desde 2 nov 2016
La Administración de la comunidad autónoma de las Illes Balears, mediante la Consejería de Presidencia, comprobará la correcta ejecución de los actos de liquidación.
Historial de versiones
Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.
Tus anotaciones
Proeli/es-ib/l/2016/10/26/13#disposicion-adicional-unica