Art. 5

En vigor desde 18 ago 2016
El Colegio Oficial de Terapeutas Ocupacionales de Galicia procurará y fomentará el uso del gallego en todas sus comunicaciones, tanto internas como externas, según lo establecido en el Estatuto de autonomía de Galicia y en la regulación de normalización lingüística.
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eli/es-ga/l/2016/07/26/13#art-5

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