Art. Disposición transitoria única
En vigor desde 17 dic 2010
Los expedientes de contratación en materia de publicidad institucional iniciados antes de la entrada en vigor de esta ley deberán adaptarse a ella, de acuerdo con la normativa que les sea de aplicación.
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Proeli/es-ib/l/2010/12/09/13#disposicion-transitoria-unica