Art. Disposición transitoria única

Art. Disposición transitoria única

12 / 16
En vigor desde 17 dic 2010
Los expedientes de contratación en materia de publicidad institucional iniciados antes de la entrada en vigor de esta ley deberán adaptarse a ella, de acuerdo con la normativa que les sea de aplicación.
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli/es-ib/l/2010/12/09/13#disposicion-transitoria-unica