Título TÍTULO II›Capítulo CAPÍTULO III
Art. 39
En vigor desde 21 dic 2010
1. La Administración Autonómica diseñará programas específicos de atención dirigidos a las víctimas de violencia de género que sean inmigrantes o pertenezcan a minorías étnicas.
2. Así mismo, la Junta de Castilla y León podrá suscribir acuerdos de colaboración con las organizaciones sociales que trabajen en el ámbito de estos colectivos para facilitar la detección de los casos de violencia de género y su intervención frente a estos.
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Proeli/es-cl/l/2010/12/09/13#art-39