Título TÍTULO IICapítulo CAPÍTULO ISecc. Sección 2.ª De los procedimientos

Art. 83

En vigor desde 1 ene 1997
Se modifica el artículo 113.2 del texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social, aprobado por el Real Decreto legislativo 1/1994, de 20 de junio, que queda redactado de la siguiente forma: «Serán imputables a los responsables del cumplimiento de la obligación de cotizar los recargos de mora y de apremio establecidos en el artículo 27 de esta Ley.»
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eli/es/l/1996/12/30/13#art-83

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